InicioTrabajoCómo exportar el paro de Europa a España

Cómo exportar el paro de Europa a España

Exportar la prestación por desempleo de Europa a España

¿Vuelves a España y necesitas cobrar el paro?

Pues en este artículo te explicamos el proceso a realizar para la exportación de tu prestación por desempleo y te hablamos también de las prestaciones que el gobierno español ofrece a los emigrantes retornados.

1- Percibes prestación por desempleo en el país donde trabajabas


Como ya comentamos en el artículo Cómo transferir el Paro de España a Europa, bajo determinadas condiciones es posible marcharse a otro país de la UE o Suiza y seguir recibiendo la prestación por desempleo.

Por lo que si vuelves a España, puedes solicitar que te sigan abonando el paro a tu llegada.

A continuación te cuento lo que tienes que hacer

1.1- Antes de viajar a España


Para tener derecho a exportar el paro deberás de cumplir una serie de requisitos:

  • Tener derecho a recibir la prestación por desempleo en el país donde trabajaste.
  • Haber estado registrado como demandante de empleo en ese país, al menos 4 semanas.

Si cumples con los requisitos anteriores, tendrás que solicitar la exportación de la prestación en tu centro de empleo. Allí te darán el formulario U2 (antiguo E 303), que es el documento que autoriza la exportación de tu prestación.

1.2- Cuando llegues a España


Una vez en España, deberás registrarte en la oficina del SEPE que te corresponda según tu domicilio, y entregar allí tu formulario U2. Para esto tendrás un plazo máximo de 7 días desde la fecha de tu salida (esta fecha figurará en tu documento U2).

En la oficina del SEPE revisarán tu caso y si todo está correcto, notificarán a las autoridades del país correspondiente y ellos procederán al pago de tu prestación.

Aunque el dinero lo recibirás del país donde te quedaste en paro, deberás de seguir las reglas que marca el gobierno español a los demandantes de empleo para que no te cancelen la prestación.

1.3- Duración de la prestación


En principio, la prestación por desempleo solo puede recibirse por un periodo de 3 meses.

Sí pasados estos 3 meses aún sigues sin encontrar trabajo, podrás solicitar una prórroga por otros 3 meses. Para ello tendrás que contactar con la oficina del país donde estés registrado como desempleado y notificarles que quieres pedir una prorroga de tu prestación. 

Solicítalo antes de que acaben los 3 meses iniciales (al menos 1 con un mes de antelación), si no perderás la ayuda.

Pasados estos 6 meses, ya no tendrás derecho a seguir cobrando la prestación.

Si dentro de este periodo decides volver al país donde trabajabas, podrás seguir cobrando allí tu prestación. En este caso, tendrás que comunicar a tus respectivas oficinas de empleo de tu marcha.

1.4- Cuantía y forma de pago


La cantidad que recibirás es la misma que recibías en el país donde pediste el paro y la forma de pago será la misma, ya que es el gobierno de ese país el que te seguirá pagando.

Seguramente te estén pagando en una cuenta bancaria del mismo país, así que si necesitas transferirlo a tu cuenta española, te recomendamos hacerlo con Wise (sobre todo si implica cambio de moneda).

2- Prestaciones por desempleo como emigrante retornado


Si no estás en el caso anterior, es decir, no recibes la prestación por desempleo por parte del país donde has estado trabajando, existen una serie de casos en los que podrás recibir la prestación por desempleo del gobierno español.

Estos son los casos en los que puedes encontrarte:

2.1- Percibías prestación por desempleo en España, no la agotaste y permaneces menos de un año en el extranjero


Si antes de marcharte al extranjero cobrabas el paro en España y pediste su suspensión, al regresar tendrás derecho a seguir cobrándolo.

Para ello, vuelve a tu oficina del SEPE, tienes 15 días desde tu llegada a España, y pide que te lo reactiven. En este caso, no tendrás que cotizar de nuevo en España para volver a optar al cobro del paro.

Ten cuidado, porque si superas el año viviendo fuera, perderás el derecho a retomar tu prestación.

2.2- Cotizaste antes de salir de España y permaneces más de un año en el extranjero


Para este caso deberás de reunir una serie de condiciones:

  • Encontrarte en situación legal de desempleo.
  • Haber cotizado en España por un periodo de al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a tu marcha y que estas cotizaciones no se hayan consumido en otras prestaciones.
  • No percibir prestación por desempleo de ningún otro estado de la UE o Suiza.

Si reúnes las condiciones anteriores, podrás tramitar tu solicitud. Para ello deberás de presentar en tu oficina del SEPE correspondiente lo siguiente:

  • DNI o pasaporte.
  • El impreso de prestación contributiva. Este documento puedes imprimirlo a través del enlace o pedirlo y rellenarlo en la oficina del SEPE.
  • Si retornas de un país miembro de la UE, necesitarás presentar el Documento U1 (antiguo E-301).

El Documento U1 sirve para demostrar que has estado trabajando en los países de la UE. En él se recogen los periodos trabajados y se acreditan las cotizaciones que hayas realizado durante tu estancia en el extranjero.

Si necesitas más información sobre este trámite, consulta nuestro artículo: El Documento U1: Que es, para que sirve y como solicitarlo.

Deberás de presentar tu solicitud en los primeros 15 días hábiles siguientes a tu fecha de llegada del extranjero. También es aconsejable que presentes algún documento que justifique tu fecha de llegada, como por ejemplo, el billete de regreso o la baja consular.

La duración de tu prestación por desempleo se determinará en función del tiempo que hayas cotizado durante los 6 años anteriores a tu fecha de salida de España.

Más información sobre este trámite, en la web oficial del SEPE.

2.3- Si no cotizaste antes de marcharte de España


Si no cotizaste antes de emigrar y vuelves a España, no tendrás derecho a la prestación por desempleo por parte del estado español.

Aunque quizá puedas solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI), que es una ayuda para desempleados en situación de necesidad económica y con dificultades para acceder al mercado laboral.

El problema es que para poder recibir esta ayuda tendrás que ser mayor de 45 años y no tener derecho a ninguna otra prestación.

2.4- Vuelves para trabajar pero no cotizaste en España antes de tu salida


Si cuando regresas a España lo haces para trabajar y posteriormente te encuentras en situación legal de desempleo, podrás recurrir también a tus cotizaciones en el extranjero.

En este caso, también se tendrá en cuenta el tiempo cotizado en ambos países. Para ello, en el momento de tu solicitud, tendrás que presentar el documento U1.

Ten en cuenta que si el contrato de tu trabajo al regresar a España no es a jornada completa, optarías únicamente al subsidio parcial, en lugar del 100%.

Y si el número de días de paro acumulado tanto en España como en otro país es menos de 360, optarías a el subsidio por cotización insuficiente.

Situación legal de desempleo es estar desempleado tras la finalización de un contrato de trabajo por causas ajenas al trabajador. Por ejemplo, no puedes pedir el paro después de una baja voluntaria en España, o tras haberte dado de baja como autónomo.

3- Has trabajado como autónomo


Lo primero que debes de hacer, es dar de baja tu actividad y declarar tus ingresos y cotizaciones realizadas. Esto es diferente en cada país, por lo que tendrás que contactar con las administraciones correspondientes para ver como hacerlo.

Si no te corresponde prestación, en muchos casos lo mejor que puedes hacer es pedir el documento U1 e intentar solicitar alguna de las ayudas de las que hemos hablado en el punto 2.

4- Reino Unido y el Brexit


Debido a la entrada en vigor del Brexit, si adquiriste derechos en materia de seguridad social (prestaciones de desempleo, pensiones…) en UK antes del 31 de diciembre de 2020, los procesos y condiciones de los que hablamos en este artículo se seguirán aplicando.

Así que si tienes derecho a recibir la prestación británica por desempleo, lo que se conoce como ‘Jobseeker’s Allowance‘, podrías exportarla. Encontrarás información sobre como hacerlo en la web del gobierno de UK.

Si estos derechos fueron adquiridos después del 31 de diciembre de 2020 y al volver a España necesitas optar a alguna ayuda, tendrás que informarte sobre las ayudas como emigrante retornado.

5- Información adicional


La tramitación de las prestaciones anteriores podrás hacerla de cualquiera de las siguientes maneras:

  • On-line, en La Sede Electrónica del SEPE.
  • En persona, en tu oficina de empleo correspondiente (pidiendo cita previa).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

Más información:


Y hasta aquí toda la información que necesitas para que no te quedes sin tu ayuda una vez que regreses a España. Si sigues con dudas o quieres contarnos tu experiencia con estos trámites, déjanos un comentario.

Comparte si te ha parecido útil y suscríbete a nuestro boletín para estar al tanto de más artículos como este!

172 COMENTARIOS

  1. Hola a todos.
    A ver, os comento esto porque veo que hay un poco lio sobre si puedes o no cobrar paro trabajando un periodo corto en Sp.
    Los requisitos para cobrar paro a todos, no solo emigrados son:
    Haber cotizado 6 meses en el ultimo anio, y 360 dias en los ultimos 6 (para que te correspondan los 4 meses minimo de pago de paro).#
    Y quedarte en situacion legal de desempleo.

    Antes, la gente volvia y trabajaba incluso un dia o fin de semana, y se les «sumaba» a lo trabajado en UK en los ultimos 12 meses…..si llegaba a los 6 meses, automaticamente podia cobrar paro.

    Pero como ha pasado mas de 12 meses desde el fin del periodo transitorio, ahora no es posible. Debes cotizarlo TODO en Espania, quedarte en paro, y luego te sumaran lo cotizado en UK hasta el 31 Diciembre 2020 para ver cuanto paro te corresponde.

    Espero que me haya explicado bien. Un saludo a todos.

  2. Hola,

    He estado leyendo el post y los comentarios de abajo pero todavia tengo algunas dudas. Me vuelvo a España este año tras 7 años trabajando en UK. En España no he cotizado nunca. De primeras se que no tengo derecho a paro puesto que no estare en situacion legal de desempleo (me voy de la empresa voluntariamente). Aun asi pedire el documento U1 para tenerlo por si en el futuro lo puedo usar. Ahora bien, por lo que me habia informado, con trabajar aqui solo 1 dia a la vuelta ya tendria derecho a paro porque me contaria los ultimos 6 años cotizados (que aunque en UK, pero han sido cotizados igualmente). Por lo tanto, 1 dia por si solo no valdria, pero al sumarle los años de UK si que me daria derecho. Quien dice 1 dia, dice X meses pero menos de 1 año, que por lo que me habia informado era el minimo cotizado para tener derecho al paro. ¿Es correcto lo que digo o lo tengo liado todo? Muchas gracias de antemano!

    • Hola Laura! Sí, como mínimo un día para que puedas ejercer tu derecho y recurrir también al tiempo que cotizaste en UK. Y no tiene por que ser menos de un año, puede ser más, pero ten en cuenta que para el cálculo en España se utilizan los últimos 6 años. Un saludo!

  3. Hola buenas!!

    Muchas gracias por la información tan útil. Mi pregunta es la siguiente:

    Hace un poco mas de un año que llegué a España tras haber cotizado casi 10 años en Inglaterra. He trabajado aquí unos 6 meses y medios y por motivos de la empresa me han despedido. Tengo el U1. Tengo derecho a cobrar el paro habiendo cotizado solo unos 6 meses??

    Muchas gracias de antemano!

    Un saludo

    • Hola si tienes derecho a paro, utilizan la base de cotización que has hecho en los 6 meses y luego cogen los últimos 6 años de tu vida laboral con tu U1 mas lo de España y eso son los meses de paro que te corresponden. Lo solicité ayer mismo y hoy me ha salido concedido

    • Si tienes derecho a cobrar el paro, te lo digo porque yo estuve 6 años en londres y he trabajado 9 meses aquí y lo que me han pedido es tener 6 meses en España al. Llegar de Londres y me han contabilizado el tiempo de trabajo para los meses a la hora de cobrar el paro yo tengo 2 años gracias a lo de Londres, pero toda aquella persona que haya cotizado en Londres tiene que trabajar durante 6 meses en España al menos para poder tener derecho a paro y con todo lo cotizado de Londres solo cuenta para el tiempo de cobrar el paro, no para el dinero, eso se calcula con la base reguladora de los últimos 6 meses cobrados en España dividido entre 6 y luego el 70% de lo que te salga

  4. Hola!

    Muchas gracias por este post tan interesante.

    En mi caso, llevo en UK 8 años trabajando y antes de venir tenía más de 360 días cotizados en España. En este caso, es necesario cotizar al menos un día a la vuelta o puedes cobrar la prestación por desempleo directamente?

    Muchas gracias.
    Jon

  5. Hola vivo en Londres desde febrero 2014 y siempre cotizando.
    Puedo solicitar el Paro o hasta mismo solitar cobrar todo el Paro, para abrir un negocio en Espana?
    Que debo hacer?
    Hay alguna persona o lugar que me recomiendas para me assessorar en este tema?

    Gracias

    • Hola Rogerio! Pues una vez en España, si estás en situación legal de desempleo te corresponderá el paro y podrás recurrir a tus años en UK y es posible que si que puedas cobrarlo todo de golpe, pero esto tendrás que hablarlo con tu oficina del SEPE.

      En cuanto a lo del negocio, lo mejor es que busques ayuda en alguna asesoría de tu ciudad o quizá alguna que puedas encontrar por internet. Un saludo!

  6. Hola! Mi duda es la siguiente: a las personas que hemos estado en furlough ¿nos contaría como tiempo cotizado en Uk y en caso de pedir el U1 aparecerá como tal o es básicamente una ayuda del gobierno para mantenernos en la empresa?. Gracias!

    • Hola María! Pues creo que si que cuenta como tiempo cotizado (por ejemplo, cuenta para tu pensión) y te debería aparecer en el U1, pero no estoy 100% seguro. Si alguien en esta situación puede ayudarnos… Saludos!

    • Si los que hemls estado en furlough cuenta como una nómina normal, es decir que cuenta como trabajo, no tienes problema

  7. Hola! Regreso a España en un mes después de casi 10 años cotizados en UK. Cuando me fui de España con 18 años creo que coticé algunos días o incluso solo horas. Estoy un poco liada con el tema de cómo pedir la prestación por desempleo una vez regrese. Entiendo que necesito el documento U1 y pedir cita en el SEPE , pero no estoy segura si necesitaría cotizar al menos un día allí para poder pedir la prestación? No paro de llamar a las entidades correspondientes pero nadie sabe nada ni me aclaran mis preguntas. 🙄 Simplemente me dijeron que tenía que estar inscrita como demandante de empleo durante 30 días y hacer ese “mes de espera” y luego ya solicitar la ayuda. Pero por lo que he leído a nadie le han dado esa información? 😢 Help!!!

    • Hola Nadia! Sí, la verdad que la mayoría de las veces ni ellos mismos se aclaran así que no resulta fácil hacer estos trámites. Pero por lo que describes, sí, tendrás que estar en situación legal de desempleo en España y luego solicitar la prestación recurriendo a tus años cotizados anteriormente en UK. Pero lo del mes de espera es la primera vez que lo oímos, por lo que si alguien sabe algo de esto y nos lo quiere contar… Un saludo y suerte!

    • En tu caso tienes que cotizar en España al menos 180 dias para poder acceder al desempleo…. Y te lo digo porque me paso lo mismo que a ti… Al volver fui a pedirlo y no te lo dan porque tienes que habrr cotizado al menos 180 dias en España en los últimos 6 años… Espero haberte tte ayudado

  8. Tengo cotizados más de 360 días en España antes de ir a Reino Unido en 2015, donde resido y trabajo actualmente. Puedo cobrar el paro cuando vuelva a España en los próximos meses?

    Tampoco entiendo lo de trabajar al menos un día al volver a España. Por más que busco información no encuentro nada del SEPE que diga que haya que trabajar en España al volver en esta situación.

    Gracias de antemano,
    Un saludo

    • Hola David! Sí, tendrás derecho a paro si cuando vuelvas estás en situación legal de desempleo. Si al volver a España no lo estás, entonces sí, tendrás que volver a trabajar aunque sea solo un día para luego poder recurrir a lo cotizado anteriormente. En la web del SEPE no dice esto en específico, simplemente dice que tienes que estar en situación legal de desempleo y esto puede conseguirse aunque trabajes solo un día. Saludos!

    • Gracias por la respuesta, en concreto en la web del SEPE, en el apartado situación legal de desempleo aparace lo siguiente: «»Además existen otras circunstancias calificadas como situaciones legales de desempleo que no derivan de la finalización o suspensión de un contrato de trabajo, son las siguientes:
      …El retorno desde el extranjero de una persona trabajadora española emigrante…»
      Os dejo enlace: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/situacion-legal-desempleo.html

      Entiendo que no me haría falta trabajar ni un día, pero claro al ver que se habla tanto de eso en este foro pues me entran bastantes dudas la verdad… alguna idea? Muchas gracias!!

    • Hola David! Gracias por la información! No había visto esa página del SEPE así que actualizaré el artículo en cuanto pueda. Si que habíamos oído que al volver después de haber trabajado en el extranjero llegas en situación legal de desempleo, pero muchos lectores han comentado que no les correspondía prestación y que tenían que volver a trabajar en España para poder acceder a ella. De ahí que muchos hablen de volver a trabajar aunque solo sea un día.

      Si cuando vuelvas a España realizas este trámite, te agradeceríamos si nos comentas como te fue, seguro que muchas personas más están en tu misma situación y les sirve de ayuda. Un saludo!

    • David he visto tu otro comentario y solo me deja responderte por aquí, tiene que ser a los 6 años anteriores pero desde el dia que pides el paro, es decir imaginate, llevas 6 años en londres, llegas a España trabajas 6 meses, pues ahora en este caso solicitas paro porque necesitas minimo 6 meses cotizados en españa en los últimos 6 años… Desde que llegas por ejemplo hoy sia 2 de diciembre de 2021 a 2 de diciembre de 2015 si tienes esos 6 meses trabajados en España, en esas fechas si puedes pedir la prestación. Sino olvidate porque si o si tienes q tener 6 meses cotizados.
      Sé de lo que hablo porque yo fui nada mas llegar para pedir paro y como no tenia cotización en españa en los últimos 6 años, tenias que tener 6 meses minimo cotizados en España para poder pedirlo. Y hazme caso que son un lio muchas páginas

  9. Hola, buenas tardes, y muchas gracias por crear este blog tan fantástico, antes de nada. Tengo una duda, acabo de volver de Inglaterra, y ya he recibido el U1, donde tengo varios años cotizados. Antes de irme, en España solo tenía cotizados unos 30 días. ¿Qué debo hacer para cobrar el paro aquí, en España? Ya he pedido la cita para presentarles el U1, pero en algunos lados he leído que no podré cobrar el paro a no ser que tenga un año cotizado en España con anterioridad ¿Es esto cierto?. En caso de poder cobrarlo, y teniendo en cuenta de que el trabajo en Inglaterra lo dejé yo y no fui despedido, como funciona para cobrar aquí, ¿Cuánto tiempo debo trabajar para que pueda empezar a cobrar el paro, valdría con un contrato de un día? Muchas gracias de antemano.

    • Hola Héctor! Muchas gracias por tu comentario!

      Para tener derecho a paro a tu llegada uno de los requisitos es: «Haber cotizado en España por un periodo de al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a tu marcha».

      Por lo que tendrías que volver a trabajar en España y posteriormente quedarte en situación legal de desempleo para solicitar el paro, aunque sea un contrato de un día. Aquí tienes también la información por uno de nuestros lectores: https://wumundo.com/como-exportar-el-paro-de-reino-unido-a-espana/#comment-82102.

      Y te dejo también el link sobre el Subsidio para personas emigrantes retornadas por si lo necesitas. Un saludo!

    • Hola Hector tienes que tener al menos 6 meses de trabajo es decir 180 días para poder acceder al paro, sino te va a ser imposible. Teniendo 180 dias cotizados en España en los últimos 6 años, y luego lo que si te cuenta es el tiempo de uk para meses de paro

  10. Hola, mi pregunta es relativa a la salida de UK de la UE. Vivo en UK pero me gustaría saber si al volver a España se podría solicitar el subsidio para personas emigrantes retornadas, puesto que UK ya no pertenece a Espacio Económico Europeo. Gracias.

  11. Buenas, dos preguntas: si vuelvo a España con un contrato de trabajo. ¿Cuando tengo que presentar el U1 al SEPE? y, ¿mejor pedir el U1 desde UK o ya en España o en mi caso es indiferente? Gracias!

    • Hola Daniel! El U1 tendrás que presentarlo cuando te quedes en situación de desempleo y quieras pedir el paro. En tu caso sería indiferente, ya que si vuelves con trabajo no lo necesitarás de inmediato. Un saludo!

    • Hola de nuevo! Gracias por enviarnos el link. Lo he estado mirando y diría que ese documento no está actualizado, ya que aún trata a UK como miembro de la UE. De todas formas, la web del SEPE dice esto:

      «la persona emigrante retornada que cotizó al desempleo en España antes de emigrar, deberá tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración»

      Pero si aún te quedan dudas, lo mejor es que contactes con el SEPE y que te aclare lo que puedes hacer en tu situación. Un saludo y suerte!

    • Hola!
      Solo os quería confirmar que mi solicitud de prestación de desempleo ha sido aceptada después de haber trabajado en UK durante 6 años y no haber cotizado en España antes de emigrar, es decir, voy a cobrar el paro generado en el extranjero durante este tiempo (previo a Enero de 2021). Al volver he tenido que regular mi situación pero esto se puede hacer trabajando un día. Tal vez a alguien en la misma situación le pueda servir esta información. Muchas gracias otra vez por el blog, me ayudó mucho!

    • Muchas gracias por volvernos a contar tu experiencia, nos alegra que al final te haya ido bien 🙂!

  12. Hola, muchas gracias por el post y las respuestas a todos los comentarios.

    Después de 6 años trabajando en Reino Unido he vuelto a España y me dispongo a solicitar el paro después de haber trabajado un día aquí. En uno de los comentantarios leo que la condición es: «Haber cotizado en España por un periodo de al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a tu marcha y que estas cotizaciones no se hayan consumido en otras prestaciones.»

    Según un documento del Ministerio el requisito es: «Que la suma de cotizaciones efectuadas en España y en Reino Unido en los últimos seis años sea igual o superior a 360 días y que estas cotizaciones no hayan sido empleadas para el nacimiento de un derecho anterior.»

    ¿Sabes si esta información está desactualizada y/o dónde puedo encontrar más información al respecto?
    Gracias!

    • Hola Pablo! Muchas gracias por tu comentario!

      ¿Nos puedes mandar el link a ese documento? Así podremos verificar si es actualizado o no. Y más información sobre esto la tienes en la web del gobierno, a la que puedes acceder desde los enlaces del artículo. Saludos!

  13. hola. muchas gracias por toda la información dada. me esta sirviendo mucho pero tengo algunas dudas.
    he vivido en Inglaterra des de el 2012 al 2020 al volver he solicitado el U1. he trabajado un dia aquí y me han dado el paro. pero me han dicho que solo me pertoca 6 meses de paro (según el sepe cuenta los años antes de yo haberme ido a inglaterra, osea que no cuentan los años de inglaterra para coger el paro solo lo que he cotizado en espapaña) mi pregunta és. no se puede cobrar más de 6 meses el paro aunque hayas cotizado durante 8 años en inglaterra + los 4 en españa 2007-2011, nunca he cogido el paro antes en ningun lugar, ni en inglaterra ni es españa

    • Hola Arantxa! Gracias por tu comentario!

      La condición es: «Haber cotizado en España por un periodo de al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a tu marcha y que estas cotizaciones no se hayan consumido en otras prestaciones.»

      Así que parece ser que por esta razón no te están contando tus periodos cotizados en UK. De todas formas, intenta volver a contactar con el SEPE y que te expliquen si esa ha sido la razón, y a ver si puedes aferrarte a alguna otra condición u otro tipo de ayuda. Un saludo y suerte!

  14. Lo primero felicitaros por este gran artículo, ha sido muy util, pero aún así me quedo con una duda y ojalá me la podáis solucionar; os cuento :

    Antes de irme a UK en el 2016 había trabajado en España solo 5-6 meses. Antes de irme pedí el subsidio por contización insuficiente, me lo concedieron y lo cobré estando en UK, por tanto en España ya no tendría derecho a paro porque cobré ese subsidio.

    Me fuí a Uk trabajando hasta el 2019 ( es decir 900 días cotizados mas menos) , al volver a España trabajé de forma temporal durante unas semanas y al acabarse el contrato temporal me quedé en situación legal de desempleo. Al pedir el paro y adjuntando el documento U1 traído de UK se me denegó alegando lo siguiente » Vd en el momento de la situación legal de desempleo, no tiene cotizados a un régimen que proteja la contingencia por desempleo de al menos 360 días desde el nacimiento del último derecho a prestaciones por desempleo»

    Por tanto mi pregunta es: tengo que tener cotizados solo EN ESPAÑA 360 días como mínimo y luego ya lo que tenga cotizado en UK para tener derecho al paro, o son 360 días cotizados tanto en España como en UK,en mi caso para tener derecho al paro ?

    Presente una reclamación alegando que tengo 900 días cotizados en UK y casi 25 en España al volver, que les presenté el documento U1 y nunca me contestaron, lo llamaron silencio administrativo.

    Pues bien, ahora me encuentro en una situación similar, he vuelto a España, he cotizado mas de un mes, mi contrato temporal va a finalizar y quisiera saber si tengo derecho a paro, por si me lo deniegan contratar a un experto que me lleve la situación.

    Muchas gracias, quedo a la espera de su respuesta

    • Hola Roberto! Muchas gracias por el comentario!

      Una de las condiciones para poder cobrar el paro a tu vuelta a España es:
      «Haber cotizado en España por un periodo de al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a tu marcha y que estas cotizaciones no se hayan consumido en otras prestaciones.»

      Así que por lo que cuentas, parece ser que no te correspondería. De todas formas, intenta volver a contactar con el SEPE a ver si puedes aferrarte a alguna otra condición u otro tipo de ayuda. Y si no estás muy convencido intenta buscar ayuda de algún experto, quizá haya alguna organización o sindicato en tu ciudad que ofrezcan asesoramiento gratuito. Un saludo y suerte!

  15. Hola!
    Ante todo muchísimas gracias por la info! 🙂
    Me gustaría hacerte una pregunta. Solicité el paro para poder hacer un curso de 2 meses, el cual han atrasado hasta junio (iba a ser en marzo). Lo tengo aprobado desde día 21/3, y mi idea era cobrarlo hasta agosto. Ahora me han hecho una oferta de trabajo en UK, a partir del día 05/04. Si paro la prestación, trabajo un mes y medio en UK y vuelvo a España a hacer el curso en junio, ¿podré reanudarlo por dos meses más? Por lo que explicas veo que si, creo que es el caso “2.1” que mencionas, pero ¿influiría entonces el hecho de que aquí en UK no me van a despedir, si no que soy yo que dimitiré para poder volver? ¿Necesito el documento U1 o en este caso no es necesario ya que mi prestación está solicitada y simplemente es reanudarla? Algunos conocidos me comentan que no vale la pena parar el paro para reanudarlo en mes y medio, pero no puedo estar quieta y la oportunidad me encanta! ¿Qué me aconsejas?
    Muchas gracias de nuevo, un abrazo!

    • Hola Arantxa! Sí, si pides que te lo paralicen, cuando vuelvas a los 2 meses podrás pedir que te lo reanuden, de todas formas cuando hables con el SEPE pide que te aclaren como hacerlo ya que puede que haya cambiado algo por el COVID. Y No influirá en nada que no te vayan a despedir y tampoco necesitarás el U1 (es más, ahora mismo no se si a ti te correspondería el U1, ya que UK ya no está en la UE).

      En cuanto a lo que te aconsejaría… pues salir a otro país siempre es una experiencia, así que si tienes la oportunidad hazlo. Y una vez que pasen esos dos meses ahí tendrás la opción del paro si decides volver o quizá un trabajo en UK si puedes quedarte, nunca se sabe. Y si finalmente decides ir echa un vistazo a nuestra guía para emigrar a UK, que seguro te será de utilidad. Un saludo!

    • Muchísimas gracias x ayudarnos tanto y contestar siempre. Mi última pregunta. Si yo he trabajado en ESPAÑA del 2017 al 2011. Y en inglaterra del 2012 al 2020. He vuelto y he trabajado un día aquí mi contrato finalizó en enero 2021. El SEPE me ha dicho que me cuenta desde enero del 2015 cotizado en inglaterra mas los años anteriores en españa. Es eso correcto? Ellos me han dicho eso pero no tiene mucho sentido no? No deberían ser mis ultimos 6 años en inglaterra mas lo cotizadozado en españa? Mas bien pq sicme cuentab des de el 2015 me queda muy poco paro pq. Del 2012 al 2015 mi contrato era de 9 h mes 🙁

    • Hola Arantxa! Gracias por el comentario!

      Para el cálculo del paro el SEPE tiene en cuenta tus últimos 6 años por lo que sí, te contará desde Enero de 2015. Y en cuanto a la cuantía tendrías que hablar con ellos para que te expliquen lo que te quedará. Un saludo y suerte!

  16. Hola,
    Muy útil la pagina. Mil gracias. Si he estado trabajando en UK durante los últimos 6 anos, he sido echado de mi trabajo y al volver trabajo unos días para poder recurrir el paro en España, la base de cotización y el montante que recibiría seria acorde con los valores españoles (alrededor de los 1000 euros) o ingleses? El paro en Inglaterra es muy bajo y corto, así que la diferencia es significativa.
    Gracias de nuevo
    Saludos

    • Hola Jose! Muchas gracias por tu comentario! Lo que recibirías sería acorde a los valores españoles, ya que de UK lo que te cuenta es el tiempo que tengas cotizado, no la cantidad. Un saludo!

  17. Hola!

    Llevo 8años en UK, y antes de venir algo tenía cotizado en España, la verdad no recuerdo cuanto. Mi pregunta es, si volviera a España tendría derecho a paro? Me queda claro que debería llevar el U1, pero sé que a veces tarda meses…
    Gracias de antemano

    • Hola Tamara! Por lo que dices, parece ser que no te correspondería paro nada más llegar, tendrías que volver a trabajar en España y luego cuando te quedes en paro, recurrir a lo que cotizaste en UK con tu documento U1. Un saludo!

  18. Hola, muchas gracias por el post, tengo unas cuantas dudas.
    Llevo trabajando 6 años en UK y quiero volver a España.
    Quería saber, si dejo mi trabajo 4 semanas antes de ir debo pedir Jobseeker’s Allowance o Universal Credit o es solamente si son cuestiones de desempleo?
    Cuándo pediría el U1? Dos semanas antes de ir a España? Que es exactamente el U1? Es lo que no entiendo muy bien
    Antes de venir a Inglaterra no trabajé en España ya que me vine aquí a los 18 entonces solo he cotizado en Inglaterra
    Muchas gracias!

    • Hola María! Si vas a dejar tu trabajo para volver a España, no necesitarás pedir Universal Credit o el Job Seeker’s Allowance, lo que tendrás que solicitar es el U1. Esto puedes hacerlo dos semanas antes de marcharte del país y te servirá, en caso de que en España estés en situación de desempleo, para recurrir a tus periodos cotizados en UK. En nuestro artículo sobre el U1 tienes toda la información sobre este documento. Un saludo!

  19. Hola, yo estuve trabajando 1 año en uk. Luego por motivo del coronavirus regresé a España, si saber que me iba a quedar, por lo que no pedí el U1 en uk. Estuve trabajando en España y cuando me quedé sin trabajo fui al sepe para que me gestionaran el paro. Ellos han pedido el U1 al gobierno de uk. Yo quería saber ¿cuánto tiempo tarda el gobierno inglés en enviar el U1 al gobierno español?

    • Hola Gabriel! Suelen ser unas pocas semanas, no más de 2 meses, pero ahora con la situación del Covid es posible que se demoren algo más. Saludos!

  20. A ver yo resulta que no tenia cotizado en España en los ultimos 6 años pero si hacía 7 años, entonces los casi 5 años que tengo cotizados en reino unido, solo te vale para el cúmulo de tiempo, es decir por ejemplo tengo derecho a casi 16 meses de paro, pero claro me tienen que contratar como mínimo 6 meses en España para que se me quede un buen paro es decir unos 900 euros al mes, pero claro yo lo que hice fue trabajar un día con alta en la SS y cuando fui a pedir el paro se me quedaba en 10 euros mensuales por no tener nada trabajado en los ultimos 6 años, nose si me entendéis?? Si alguien sabe como puedo pedir alguna prestación porque sigo sin trabajo… Y sin cobrar ni un duro, que me diga por favor, os lo agradezco

  21. Hola buenas, he vuelto de UK hace como siete meses y medio casi ocho, y e decían en la oficina del paro que tenían que contratarme 3 meses en España por no haberlo presentado antes de los 15 días (Fallo mío) vale, pero leí por ahí un articulo que decía que si pasados 6 meses de mi vuelta de UK no había encontrado trabajo en España podría arreglar la prestación perfectamente, aquí en España tenia cotizados unos meses que no llegaban al año y e UK casi dos años, mi pregunta es, si es cierto lo de los 6 meses y sea que si o no si tengo alguna forma de cobrar el paro que me corresponde, ah ya en el paro tienen el U1 y les consta todo el tiempo trabajado tanto allí en UK como aquí, muchas gracias de antemano.

    • Hola Tanauú! ¿Tienes el link de donde leíste esa información de los 6 meses? No había oído nada de eso y no encuentro nada en la información oficial. Si no tendrías que volver a trabajar y una vez en situación legal de desempleo pedir el paro y recurrir a lo cotizado anteriormente. Un saludo!

    • Muchas gracias por contestar he intentar ayudarme, la verdad que lo leí hace tiempo (lo de los 6 meses) y creo que lo entendí mal, porque yo tampoco lo he vuelto a ver , igualmente gracias de nuevo! Saludos!

  22. Hola, buenos días, he de decir que he estado trabajando 4 años y 8 meses en Reino Unido, con el U1 en mis manos, un dia de contrato laboral en regimen general cotizando el máximo por ese día no me ha servido de nada. He ido a solicitar la prestación y me ha dicho estas segura de que quieres gastar la prestación se te queda en 10 euros al mes, digo y como? si tengo cotizados 4 años y 8 meses en Londres, mas un día en España al llegar, y me han dicho que lo único que cuenta de Reino unido no es lo cotizado… sino que son los meses para recibir el paro. si alguien cree que esto que me han dicho no es… o que tengo que hacer que me ayuden por favor, muchas gracias

    • Hola Raquel! Lo que cuenta de Reino Unido son los periodos que hayas cotizado, pero desconozco como te están calculando la prestación. En la web del gobierno tienes más información y los teléfonos de contacto, intenta llamar a ver porque lo están haciendo así y si te dan alguna otra solución. Suerte y no dudes en volver a contarnos como te fue. Un saludo!

  23. Abdel
    Muchas gracias por vuestra ayuda.
    Tengo algunas preguntas sobre el paro y el Universal credit. Con el problema del covid19 y la restricciones para viajar y volver a espana tengo la intencion de cobrar universal credit por lo menos hasta que se abren las fronteras y luego bajar a espana. Llevo aqui 10 anos
    Mi pregunta es puedo cobrar Universal credit sin que afecte el paro?
    Muchas gracias por vuestro tiempo y ayuda

    • Hola Abdel! Para el paro en España, en principio te contará lo que hayas trabajado antes del 31 de diciembre, por lo que si pides el Universal Credit ahora no creo que te afecte. Aunque no estoy 100% seguro de esto, he estado buscando información sobre la situación post-brexit y aún no hay mucho al respecto. Un saludo!

  24. Hola!! Trabaje en escocía 4 años y 4 meses, volví a España en marzo, solicité el U1 desde la pagina del Hrmc y lo recibí en 15 días, este verano trabajé 15 días, solicite la prestación a través del SEPE el 14/09/2020, y mi prestación está en trámite aún, lleva 3 meses, mi pregunta es; cuanto tiempo suelen tardar en tramitar las prestaciones el SEPE? O puede ser causa de los retrasos que está sufriendo la administración a causa del los ERTE…etc.? Pregunte en el SEPE y me dijeron que estos trámites los llevan en extranjería y es imposible contactar.
    Muchas gracias

    • Hola Alicia! Pues en teoría deberían de tramitarlo en 15 días como mucho. Puede que estén sufriendo retrasos por causa de los ERTEs, el Covid, etc. pero tres meses es mucho tiempo. Y no entiendo porque te han dicho que este trámite lo lleva extranjería, ¿Los entregaste el U1 cuando fuiste a solicitar el paro?. Yo llamaría otra vez a ver que si hay algún problema. Un saludo!

    • Hola!!! Muchas Gracias por contestarme tan pronto y por el trabajo que hacéis!!! Pues si entregue todos los papeles, el U1 y el contrato…todo. Pero es casi imposible contactar o llamar por teléfono al SEPE, de todas formas volveré a intentarlo, sé que en algunos casos han tardado mucho, pero por el trámite del U1, pero yo entregue el U1 por eso me ha extrañado que tarden tanto.
      Muchas Gracias

    • Hola de nuevo y gracias por tu comentario!

      Pues sí, no es normal que tarden tanto, así que a ver si tienes suerte cuando los contactes y te lo solucionan pronto. Saludos!

  25. Hola,
    Escribí hace ya bastantes meses, pero me ha surgido una duda. Volví de Reino Unido a España hace algo más de un año y pedí el U1 y estoy cobrando la presentación por desempleo aquí en España. Mis únicas experiencias laborales fueron en UK, de 2015 a 2019.
    Mi pregunta es, ahora constaría que tengo 4 años cotizados en España y me contarán para la jubilación? Y también me acuerdo que en uno de los trabajos que tuve me retenían algo de dinero para la jubilación y un día entré en la web y decía que tenía como unos 300 pounds acumulados, era NEST pension. Una compañera de otro trabajo me dijo que este dinero me lo ingresarán en cuanto me jubile aunque ya no viva en UK, sabes si esto es así?
    Tengo 28 años, no es que ya esté pensando en la jubilación jaja, solo que me gustaría saber que el tiempo que trabajé allí no haya sido en vano.

    Muchas gracias!

    • Hola Laia! Sí esos años cotizados en UK están protegidos por un acuerdo y te contarán para la jubilación en España. Y lo de NEST Pension son las pensiones privadas (Workplace Pension Scheme). Esa cantidad queda acumulada para cuando te jubiles pero también podrías trasladarla a otro sistema de pensiones o incluso retirarla, pero de eso debes de informarte con esa compañía. En nuestro artículo sobre la pensión en UK hablamos de todo esto. Un saludo!

  26. Hola. En primer lugar felicitarte por el artículo, es el más claro que he encontrado por internet sobre el tema.
    Mi caso es un poco peculiar. He trabajado 5 años en UK como asalariado y quiero volver a España. Mi intención es capitalizar el paro único ya que quiero emprender como autónomo. Mi duda es que antes de salir, en España trabajé 6 o 7 años pero como autónomo. La ley no indica en qué régimen tienes que estar dado de alta para contabilizar esos 360 días en los 6 años anteriores a emigrar. ¿Tienes constancia de alguien que haya estado en una situación parecida a la mía?
    Como autónomo cuando me fui no tenía derecho a paro, evidentemente, y era bastante nuevo lo de la protección para autónomos, pero son dos tipos de cotizaciones diferentes. El BOE no indica que la cotización tenga que ser para desempleo, únicamente dice que tengo que haber cotizado en España.
    Entiendo que el caso más desfavorable es que tendía que cotizar al menos un día para poder solicitar el paro. Sobre esto, ¿tendría que apuntarme al paro al volver, trabajar ese día, y luego solicitar la prestación contributiva? No sé si podría trabajar ese día sin estar apuntado al paro, si afectaría en algo.
    Un saludo y gracias de antemano por la ayuda.

    • Hola Luis! No conozco a nadie, y he revisado los comentarios y no he visto a nadie en esa situación. Pero tienes razón, el BOE solo especifica que tienes que haber cotizado por lo que yo creo que tendrás derecho a la prestación.

      Y si he entendido bien tu última parte, sí. Al volver tendrías que apuntarte al paro y solicitar la prestación con tu documento U1, pero si no estás en situación legal de desempleo, tendrías que volver a trabajar en España y cuando te quedes en situación legal de desempleo solicitarlo. Un saludo y suerte!

  27. Hola muy buenas
    Enhorabuena por la página ayuda mucho !
    Mi pregunta es: me fui a Inglaterra hace 8 años y cuando dejé españa si cotizaba pero agote el paro. Se que a los 6 años eso ya desaparece….
    Bien, pues mi vuelta a España es debido a despido por cierre, vamos primero estuve en ferlow y despues redundant…. Segun e leido en los comentarios , no se necesita darse d alta un día almenos para poder cobrar el paro, o me equivoco ?
    La cuestión esque lo eché con su correspondiente U1 y mis cartas de despido etc etc …. me lo han denegado y la verdad esque no entiendo el porqué.
    Alguna ayuda?
    gracias !!

    • Hola Elisa! Muchas gracias por tu comentario!

      La verdad que esto es un poco lioso, revisaré los comentarios y el artículo por si no esta muy claro, pero uno de los requisitos es «Haber cotizado en España un período mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la fecha de emigración«. Tienes esta info en la web del ministerio.

      Así que es posible, que en tu caso tengas que volver a trabajar en España y quedarte en paro para poder recurrir a lo que trabajaste en UK. Aunque si puedes, deberías contactar con el SEPE para que te digan por qué te lo denegaron. Suerte y no dudes en volver a contarnos si averiguas algo más. Un saludo!

  28. Muchas gracias por la información!
    He trabajado en UK los últimos 8 años (No llego a los 360 días cotizados antes de irme y tampoco me servirían porque han pasado más de seis años). Fui despedida en UK y aunque han pasado más de 15 días desde mi vuelta, hoy por fin he recibido mi U1. ¿Tengo derecho a alguna ayuda aquí en España por desempleo? o ¿Tengo que encontrar lo que sea aunque solo sea de un día para que me cuente? Estoy dada de alta en el SAE pero el SEPE no me hace ni caso
    Muchas gracias por la ayuda

    • Hola Alicia! En teoría, según describes tu caso creo que no tienes derecho a la prestación por desempleo directamente al llegar a España, aunque una vez que estés en situación legal de desempleo con el U1, podrás demostrar tus periodos cotizados en UK.

      Desconozco como funciona el SAE para la petición del paro, pero pide cita o contacta con ellos para que te digan como lo tienes que hacer. Suerte y no dudes en volver a contarnos como lo solucionaste. Un saludo!

  29. Buenas!
    Gracias mil por la info. Uno de los mejores y claros artículos que he leído.
    Aún y así, mi situación es que llevo en UK 8 años trabajando. Si que coticé más de 360 días en España, pero no en los últimos 6 años. Puedo tramitar el paro de todas formas? Voy a irme pronto para allá a trabajar unos meses y quería pedirlo al acabar de trabajar.
    Gracias de antemano

    • Hola Carlota! Gracias por el comentario!

      Sí podrás tramitar el paro, pero sólo te contarán tus periodos cotizados en UK, más lo que trabajes en España al volver. Ya que de lo que trabajaste en España anteriormente han pasado más de 6 años. Un saludo!

  30. Hola! de muchísima ayuda esta página!
    Quería preguntar, estoy de vuelta en España, He trabajado y vivido 7 años en UK, estoy a la espera de que me llegue mi U1 y estoy dado de alta como demanadante de empleo en España. Mi duda es: Yo no he cotizado en España, todo lo he trabajado en UK, a terminos de poder pedir paro, necesitaría trabajar primero y depués pedirlo, o podría hacerlo directamente? de tener que trabajar primero, cuanta es la duración mínima?.
    He intentado contactar con el SEPE…. pero imposible, la administración pública está bastante inaccesible en estos momentos para información.
    Gracias por la ayuda de antemano!

    • Hola Francisco! Muchas gracias por tu comentario!

      Pues si no estás en situación legal de desempleo, sí, tendrías que trabajar primero. La duración mínima puede ser de incluso 1 día. Y una vez que vayas a pedir el paro tendrás que llevar el U1 para que te cuenten lo cotizado en UK. Un saludo y suerte!

  31. Muy buenas y felicidades por el buen artículo,

    Tengo una pregunta que no me ha quedado del todo clara. Es necesario cotizar a la vuelta de UK si Cotizaste Antes de Salir de España y Permaneces más de un Año en UK durante 1 día?

    El motivo del abandono del puesto de trabajo a sido por un redundancy.

    Saludos,

    • Hola Sánchez! Muchas gracias por tu comentario!

      Es posible que en tu caso te corresponda directamente, sin volver a darte de alta en España, ya que estarías en situación legal de desempleo. En el apartado 2.2 tienes más información sobre los requisitos. Pero seguramente tengas que contactar con el SEPE para que analicen tu caso y te digan si te corresponde o no. Suerte y no dudes en volver a contarnos como te fue. Un saludo!

  32. Hola muchas gracias de antemano.
    El 17 de Enero me fui a trabajar a Uk y paralice mi prestación en España, me dijeron que si no volvía antes del año perdería ese paro, mis preguntas son:
    1- Si dejo voluntariamente el trabajo en uk y vuelvo antes del año, cuanto tiempo tengo que estar de alta en un trabajo nuevo allí para poder reactivarla?
    2- Si vuelvo después del año pero dejo en uk el trabajo voluntariamente, me pertenece algo en España, por cuanto tiempo?
    Con la cuarentena en ambos países es difícil saber que hacer, mil gracias.

    • Hola María del Mar!

          1- En este caso no necesitarás cotizar de nuevo para poder reanudar tu prestación. Tienes la información en el apartado 2.1 del artículo.
          2- Si vuelves después del año perderás lo que paralizaste. Pero lo mejor es que contactes con ellos para ver si es posible cancelar tu prestación para que te corresponda algo a tu vuelta.

      Un saludo!

  33. Buenos días, te comento:

    Hace 6 años que trabajo en Reino Unido y me marcho el mes que viene de vuelta a España. Tenía cotizado 2 años en España de la que jamás cobre ninguna prestación. Sé que tengo que pedir el U1, estoy en trámites ya que necesita ser dos semanas antes de marcharme. Intento buscar información pero me está siendo complicado por ello ojalá puedas ayudarme:
    1. Una vez en España tengo que “darme de alta” en el Sepe en los primero 15 días y presentar la documentación (que tardará en llegar). Mi pregunta es: ¿al llevar 6 años en Reino Unido tengo derecho a cobrar el paro por el trabajo que tuve en España?
    2. ¿Necesitaría darme de alta y baja aunque sea solo un día obligatoriamente para poder cobrar el paro o podría tener derecho al paro solamente por lo cotizado antes de marcharme?
    3. ¿Al llevar más de 6 años fuera, tengo derecho a paro?
    4. Millones de gracias

    • Hola Cynthia! Te contesto punto por punto:

          1- Si al llegar te encuentras en situación legal de desempleo podrás darte de alta para pedir el paro, pero para el cálculo de la cuantía se tienen en cuenta tus últimos 6 años, por lo que si declaras tus años en UK lo que cotizaste en España no lo tendrán en cuenta para el cálculo.
          2- Si al llegar no estás en situación legal de desempleo, sí, así podrás declarar tus años en UK. Si no, no estoy seguro de si te correspondería algo por tus 2 años cotizados en España
          3- Sí, pero lo mejor es que vayas al SEPE y pidas información para que te digan tus posibilidades o mejores opciones ya que tu situación es un poco compleja.
          4-Gracias a tí por tu comentario, espero haberte ayudado y no dudes en volver a contarnos como te fue!
  34. Hola y gracias por la pagina. Es de muchisima ayuda.
    Mi duda es, si para que se considere situacion legal de desempleo en España, una de las condiciones es que te hayan despedido, la carta que tengo de mi empleador, en UK, de redundacy, es considerada como tal para dicha situacion y asi no tener que estar previamente dado de alta para poder recibir el paro. Muchisimas gracias de nuevo. Un saludo

    • Hola Gustavo! Gracias por tu comentario!

      Pues según la web del SEPE es posible que sí, pero la información que dan no está muy clara. Por ejemplo, dice que para la duración y cuantía del paro contarían tus cotizaciones en España antes de tu marcha ha UK, por lo que si no cotizaste, en teoría no te correspondería nada. De todas formas, lo mejor es que te acerques al SEPE y les pidas información sobre tu caso. Suerte y no dudes en volver a contarnos como te fue! Un saludo!

  35. Hola tengo muchas dudas respecto con la vuelta a España…
    A ver llevo 7 años en Reino Unido y con esta situación he perdido mi trabajo por lo cual he decidido volver, he intentado conseguir todos los papeles pero en algunas empresas me dicen que no me pueden dar el P60 porque hace ya 7 años y no pueden acceder a el. Sabrían decirme como conseguirlos?
    Por otro lado he leído en tu pagina que es recomendable tener también los certificados de empresa de las empresas en las que he estado trabajando pero no tengo ni idea de como pedir eso.
    He leído en algunos comentarios que tengo que solicitar el U1 2 semanas antes de dejar UK pero cuando voy a aplicar no puedo hacerlo hasta no obtener mi redundancy letter que me la darán cuando el proceso termine parece ser que el 10 de septiembre y me pasa lo mismo con el P85, he hablado en mi empresa y ellos dicen que no me necesitan físicamente en UK con lo cual mi fecha para volverme seria el día 8 de septiembre, como puedo hacer con la aplicación del U1 si al volver solo tengo 15 dias para solicitar el paro teniendo que haber estado un dia dada de alta y no dispongo de ese documento?

    • Hola Rocio! Te contesto punto por punto.

      1- Si esas empresas no te dieron el P60 quizá te dieron el P45 y si no, tendrás que contactar con el HMRC a ver que puedes hacer en tu caso.
      2- Los certificados de empresa son recomendables principalmente como prueba de que has estado trabajando en esa determinada empresa. Para conseguirlos tendrás que pedírselos a tu empresa o antigua empresa.
      3- ¿Dónde has leído que al volver solo tienes 15 días para solicitar el paro teniendo que haber estado un día dada de alta? Para solicitar el paro si tienes que haber estado dada de alta, pero al volver no tienes 15 días para entregar el U1, tendrás que entregarlo cuando estés en situación legal de desempleo. Por lo que no creo que tengas problema si lo solicitas el 10 de Septiembre.

      Espero haberte ayudado. Un saludo y suerte!

  36. Hola, buenas tardes!

    En primer lugar, darte la enhorabuena por tu página. Veo que eres bastante fiel e intentas siempre servirnos de ayuda, te pongo un poco en mi situación:

    He estado durante 3 años trabajando en Inglaterra, y ahora, he vuelto a España y he estado durante 6 meses desempleado. El caso es que se me está ofreciendo un trabajo de autónomo de contrato TRADE ahora en España. Ya tengo el U1 y todos los papeles en regla,me dijeron que una vez me diesen de alta en la seguridad social y luego estuviese desempleado, podría cotizar mis años trabajados en Inglaterra.

    Mi duda es, sí al aceptar la firma de ese contrato, debido a darme de alta como autónomo y no tener derecho a paro sin haber cumplido un año de trabajo, pierdo lo cotizado en Reino Unido porque no he solicitado ninguna prestación de desempleo? No estoy seguro de si firmar el contrato, porqué al darme de alta como autónomo a lo mejor no me renta que pierda tres cotizados fuera…

    Muchas gracias de antemano

    Un saludo

    • Hola Álvaro! Muchas gracias por tu comentario!

      En teoría, lo que hayas cotizado durante los últimos 6 años no se pierde. En este artículo hablan un poco más sobre esto y en la web del SEPE por si quieres ampliar información, aunque no he encontrado nada sobre tu caso particular.

      Pero si quieres estar 100% seguro te aconsejo que contactes con el SEPE. Mucha suerte y no dudes en volver a contarnos que como lo hiciste finalmente. Un saludo!

  37. Hola! Muchas gracias por la información de esta web. Es muy útil.

    Mi pregunta es, voy a cesar en el trabajo aquí en UK a primeros de diciembre (vacaciones incluidas). Vuelvo a España el 30 de Noviembre. Entiendo que el P45 me lo mandarían cuando termino mi contrato con la empresa (en mi caso, primeros de Diciembre)

    ¿Es posible solicitar el U1 on line estando en España? Si tarda de 2 semanas a meses… ¿Aún estaría en el plazo para totalizar el paro antes del Brexit 01/01/2021?

    Luego, a ver si me he enterado bien: Cuando llegue a España, tengo que ir al SEPE (aún no tengo el U1) y darme de alta en situación de desempleo y trabajar al menos un día para cobrar el paro?

    Mi última pregunta: ¿Para cobrar las tasas hay que solicitar el P85?

    Muchas gracias por tu ayuda!

    • Hola Verónica! Muchas gracias por tu comentario!

      Te contesto punto por punto:

      • Sí, el P45 te lo mandarán cuando termines el contrato.
      • El U1 puede solicitarse online desde España, pero si aún no tienes, asegúrate de hacerte una Government Gateway Account ya que te facilitará el proceso.
      • El U1 puede tardarte varias semanas en llegar y puede que lo haga después del Brexit, pero esto no te afectará para el total.
      • Para cobrar el paro tienes que estar en situación legal de desempleo en España, que podría suceder incluso después de haber trabajado un día. Es entonces cuando tendrás que ir al SEPE a darte de alta para el paro.
      • El P85 sirve para revisar tu situación fiscal, y si te corresponde, te devolverán las tasas que hayas pagado de más.

      Espero haberte aclarado. Saludos!

  38. Hola, ante todo felicidades por la página y a sus administradores, siempre me han servido de mucha ayuda con todas mis dudas. Hace ocho meses que regresé de Escocia para volver a vivir definitivamente en Canarias, hace unos días a través de mi cuenta del hmrc gateway me decían que me llegaría un cheque a mi casa con aquellas tasas que he pagado de más en mi estancia en Escocia. Mi pregunta sería si es posible cobrar ese cheque en mi sucursal bancaria española o si hay alguna forma de cobrarlo desde Canarias puesto que con la situación actual me resulta muy complicado regresar a Escocia para poder cobrarlo, he intentado buscar información en Internet pero resulta confusa. Gracias de antemano y saludos.

    • Hola Sergio! ¿Tienes ya el cheque? He oído de gente que ha tenido problemas para cobrarlo en España y otros que si que lo han conseguido pero pagando una comisión al banco, también puede depender de la entidad. Lo único que puedes hacer es ir al banco y probar.

      Otra opción es si aún tienes cuenta en UK, enviárselo a un amigo y que te lo ingrese allí en tu cuenta y después hacerte una transferencia.

      Mucha suerte y no dudes en volver a contarnos como lo solucionaste. Un saludo!

  39. Os felicito por la pagina y por la manera tan amable y profesional a la hora de contestar. Me fue de gran ayuda. Asi que no me quedan preguntas en el tintero, apenas palabras de agradecimiento por la excelent labor. Un saludo, Sandra.

    • Muchas gracias por tu comentario Sandra. Me alegra saber que te la web te ha sido te utilidad!

  40. Hola muchas gracias por toda la informacion, una duda que tengo
    Yo trabaje en España antes de mudarme a Reino Unido casi 6 años completos, pero la relación en España la extingui yo de forma voluntaria por lo que nunca tuve paro.
    Ahora en Reino Unido me han despedido después de 4 años y pico en la empresa.
    Estoy buscando trabajo aquí en UK pero por ahora nada, así que estoy planteandome regresar a España.
    Tendría derecho a paro ya que aquí estoy en situación legal de desempleo (me han echado no es una resignation) o tendría que trabajar en España para cobrar el paro?
    Y mi otra duda, entiendo que darte de alta en el SEPE para el cobro del paro en caso de que me correspondiera, sería a los 15 días máximo del retorno a España no del despido aquí no? porque sin vuelos aun ni he podido ir a España.

    • Hola Esther! Muchas gracias por tu comentario!

      Según la web del SEPE estarías en situación legal de desempleo por lo que tendrías derecho a paro y podrás recurrir a lo que cotizaste en UK. Y sí, sería en los 15 días del retorno a España. Suerte y no dudes en volver a contarnos como te fue. Un saludo!

    • Hola.

      Yo he cotizado cerca de dos años en UK, he vuelto a España y ya tengo el U1. No he cotizado en España Antea de ir a UK (era autónomo)

      Me gustaría saber cuál es el tiempo mínimo que tendría que cotizar en España para que pueda solicitar el paro en España, utilizando también el tiempo cotizado del U1. He oído entre un día y una semana, pero no estoy seguro.

    • Hola Sergio! Podrás empezar a cobrar el paro en cuanto estés en situacion legal de desempleo. Y sí, te bastaría hasta con un día trabajado en España. Un saludo!

  41. Hola buenas tardes,llevo viviendo en Reino Unido 4 años y por lo que tengo entendido , tengo que pedir el documento U1 justo dos semanas antes de mi marcha a España, a su vez, tengo previsto cobrar el Universal Credit (el primer pago sera en el mes de Julio ) , puesto que a consecuencia del Covid 19 llevo varios meses sin trabajar ( no estoy cobrando el ERTE ). Para seguir cobrando el UC en España ¿ tengo que hacer el mismo tramite que para el U1 , o sea pedir cita en el SEPE y entregar dicho documento y alegar que estoy cobrando dicha ayuda ? Tengo mucha confusion al respecto , gracias por adelantado por la ayuda,
    Rafael

    • Hola Rafael! El U1 y el Universal Credit son dos trámites totalmente distintos. El U1 te servirá para poder recurrir a tus cotizaciones en UK, una vez que estés en paro en España. Y el Universal Credit, es una ayuda del gobierno británico que no podrás trasladar a España, en caso de que puedas será durante un tiempo limitado o bajo algunas condiciones. Lo mejor es que te acerques al Job Centre y te informes sobre cual son las condiciones. Un saludo!

  42. Hola quería consultar una cosa.
    Estamos en uk y nos queremos volver a España.
    Mi mujer tiene 4años y media cotizado en el Reino Unido y yo 5 años.
    Que tiempo de duración tendría de paro en España?

    Muchas gracias de antemano.

    • Hola Carlos! El tiempo que hayáis cotizado en UK se tendrá en cuenta en España una vez que estéis en situación legal de desempleo. En la web del SEPE tienes la información sobre la duración.

  43. Hola! Estoy embarazada y daré a luz para diciembre, debido a que pagamos mucho de renta he pensado en irnos a España y traspasar mi maternidad y los Chile benefits y cobrarla alli (es decir cobrar desde Uk, espero que sea posible después del Brexit, hasta ahora creo que se puede) y una vez que se me acabe lo cual será en Julio o Septiembre, solicitar el U1 y cobrar el paro, crees que será posible llevarnos las cotizaciones de aquí y cobrar el paro después del Brexit? muchas gracias!

    • Hola Melody! Es posible que para la maternidad no tengas problema, pero para los Child benefits, si quieres hacerlo legal, hay más restricciones, en la web del gobierno tienes más información. Lo que aún no se sabe es lo que pasará después del Brexit.

      Y lo de cobrar el paro, sí, cuando llegue el momento podrás recurrir a tus cotizaciones en UK y cobrarlo sin problema.

  44. Hola muy buenas, comento mi caso, Solicite que se tuviera en cuenta mis 3 años trabajados en Lodres a tiempo parcial, todo esto cuando volvi hace 2 años en el Sepe, ahora viendo comentarios por aquí me pregunto, tenía que haber llegado a mi casa (en España) un U1 tramitado por el Sepe? (en su momento presente toda la documentación necesaria), ahora mismo estoy dependiendo de ese tiempo cotizado allí para poder tener el año total cotizado necesario para solicitar el paro aqui, y hasta la fecha nunca he sabido si se tramitó bien y si se tendra en cuanta ahora que me veo en la necesidad de solicitar el paro tras haber cotizado aquí casi un año, si en el caso de que me nieguen el paro que puedo hacer si yo ya solicite U1 mediante el Sepe en su momento?, gracias de antemano.

    • Hola Gomez! No, si lo tramitaste por el SEPE no te llegará el U1 a casa, les llegará a ellos. Y ese tiempo trabajado en UK te contará, no te lo van a negar, lo que puede pasar es que no lo tramitasen cuando se lo pediste y les toque hacerlo ahora, por lo que tu cobro del paro podría retrasarse. Así que cuando vayas a solicitar el paro habla con ellos para ver si lo hicieron o no. Un saludo y suerte!

  45. Hola muy buenas!!! Llevaba 5 años trabajando en Inglaterra y di mi notice en marzo y me vine! Pedí el u1 pero todavía no me llego nada y no se realmente q ir debo hacer ya que todas las oficinas del SEPE siguen cerradas o no cogen los teléfonos

    • Hola Cristina! El U1 puede que aún tarde unas semanas en llegarte. Aquí también han tenido oficinas cerradas, etc. y muchos procesos se están retrasando. Si en unas semanas no te llega, lo que puedes hacer es contactar con ellos. Un saludo!

  46. Gracis por el artículo

    Tengo un par de dudas

    1. Que ventajas tiene pedir el paro enviar Uk o En Espana? O es obligatorio pedirlo en Uk si se puede? Me refiero a que en UK solo cubren 6 meses max, en Espana más no?

    2. Los 360 días cotizados deben ser continuos?

    3. COMo me puedo informar de las prestaciones que use ya y las que me quedan?

    4. Es mejor irse a Espana y pedir el paro allí?

    5. El paro español no puede acumularse en Uk?

    6. El paro de Uk se sumaría a las cotizaciones en Espana en todos los casos?

    Merci

    • Hola Laura! Te contesto punto por punto:

      1- Las ventajas dependerán de tus circunstancias, si en España no has trabajado y no tienes trabajo quizá te convenga pedirlo en UK, si no quizá te convenga hacerlo en España. En España la duración del paro depende del tiempo que hayas cotizado, el máximo son 2 años.

      2- No, deben estar dentro los últimos 6 años.

      3- De eso tendrás que informarte en el SEPE.

      4- Si te corresponde, quizá sí.

      5- Se acumulan los periodos cotizados.

      6- Los periodos cotizados en UK se suman a los periodos cotizados en España y cuando vayas a pedir el paro en España tendrán el cuanta para el cálculo el tiempo total.

      Espero haberte ayudado. Un saludo!

  47. Hola!
    El Brexit será el 31 de Diciembre 2020. Terminaré de trabajar en UK a mediados de Noviembre y seguido cojo los 15 días de vacaciones que me quedarían pendientes (volviendo a España para quedarme, en mis vacaciones) así que todavía constaría que estoy «trabajando» para mi empresa hasta final de mes. Mis preguntas son:

    – ¿Podría solicitar el U1 en UK, on line, antes de irme a mediados de Noviembre sin finalizar el contrato oficialmente hasta últimos de Noviembre? ¿O hay que solicitarlo cuando finaliza el contrato de trabajo oficialmente?

    – ¿Qué pasaría si el U1 llega a tu casa después de Diciembre 2020, cuando el Brexit ya es efectivo? ¿No se podrían totalizar el paro de España con el de UK?

    – Estoy leyendo solicitar certificado de empresa y una carta del empleador diciendo la razón por la que dejé/me despidieron del trabajo. ¿Necesitaría el del último trabajo o el de todos?

    Muchas gracias por tu ayuda! Un saludo!

    • Hola Sara! Te contesto por por orden:

      1. Sí, podrás solicitarlo a mediados de Noviembre sin problema, no necesitarás a ver finalizado el contrato oficialmente.
      2. Casí seguro que el U1 te llegará después de Diciembre 2020, pero no te preocupes porque el documento te valdrá para totalizar tus periodos.
      3. Sólo la del último trabajo.
      4. Espero haberte ayudado. Un saludo!

    • Hola! Me has ayudado y aclarado mucho, muchas gracias. Perdona, tengo otra pregunta:

      He estado investigando pero no he podido dar con la respuesta, sorry.

      ¿Cómo pido a mi empresa el «Certificado de empresa», sería «Company certificate» en inglés? O existe alguna forma en inglés para poder pedirle a mi manager este certificado y que me entienda… como comenté en mi pregunta anterior, me voy en «mis vacaciones» y si pudiera pedir el «Certificado de empresa» que tengo entendido que sería como tener el P60 y P45, ¿verdad? Pero si pudiera pedir este certificado sin tener todavía el P45 y tramitar cuánto antes el U1. (Perdona por la chapa)

      Mi pregunta es, ¿como sería exactamente o como les explico en inglés «certificado de empresa?

      Mil gracias!

    • Hola de nuevo! No se para que necesitas el certificado de empresa, pero no te servirá para tramitar el U1. Lo equivalente al certificado de empresa sería una carta de la empresa en la que se indiquen los periodos de empleo, actividad de la empresa y la actividad que realizaste, por lo que es eso lo que les tendrías que pedir. No los pidas un ‘Company Certificate‘ por que seguramente no entenderán lo que quieres.

      Si no hay problemas, el P45 no tarda mucho en llegar por lo que no tendrás que esperar mucho para solicitar el U1. Saludos!

  48. Yo tramité el U1 estando en España y me tardó menos de 15 días. Trabajé el mes pasado y lo entregué al SEPE y a partir del mes que viene, cobro la prestación.

  49. Hola,
    Primero que nada me gustaria agradecer la ayuda que aportas en tus articulos. Realmente es muy buena. Por otro lado, tengo una pregunta:

    Si tengo que solicitar el E1 dos semanas antes de salir de UK y tengo que presentarlo en los primeros 15 dias cuando llego…. Como es eso viable si el documento me tarda aproximadamente 2 meses? No lo entiendo. Ya lo he solicitado y me ire en aproximadamente dos semanas.. pero con que voy a presentarme en el Inem o SEPE ? He trabajado 5 anos en uk y solo quiero exportar el tiempo trabajado y si fuera necesario cobrar el paro. Muchas Gracias.
    Un cordial saludo,
    Esara

    • Hola Esara! Muchas gracias por tu comentario!

      Sí el documento U1 tarda unos 2 meses y en algunos casos incluso más. Sólo tienes que presentarlo en los primeros 15 días en algunos casos. Si no estás en situación legal de desempleo necesitarás volver a trabajar en España para poder cobrar el paro, y es cuando necesites solicitarlo cuando tendrás que presentar el U1. Si lo estás ve al SEPE aunque aún no tengas el U1. Un saludo!

  50. Hola.llevo 26 años trabajando en el reino unido.llevo 22años como residente en españa.soy ciudadano frances.todo este tiempo en españa,estoy considerado como ( frontier worker) del hecho que trabajo en uk pero cada semana regreso a mi residencia española.
    Estoy a punto de ser demitido,que deberia hacer para cobrar el paro en españa,sabiendo que nunca cotice aqui.
    Gracias

    • Hola Alex! Una opción es pedir el paro en UK y trasladarlo a España y otra sería trabajar en España por al menos un día y así al pedir el paro podrás recurrir al tiempo que hayas cotizado en UK. Un saludo!

  51. Hola,
    solicité el U1 en diciembre antes de salir de UK, y a finales de enero lo recibí. Sé que tengo que trabajar aunque sea 1 día en España para poder solicitar la prestación por desempleo.
    Mi pregunta es: ¿Podría tener paro aunque en mi U1 aparezca que resigné a mi contrato (puesto que fue un fin de contrato voluntario por volverme a España)?
    Otra pregunta: En UK trabajé durante 2 años y 2 meses seguidos a jornada completa en la misma empresa. En el U1 no consta que fue a jornada completa, ¿Sabes si podría afectar cuando vaya a solicitar la prestación?

    Muchas gracias! Y enhorabuena por los post tan necesarios que haces, gracias!!

    • Hola Cris! Muchas gracias por tu comentario!

      La respuesta a tu primera pregunta es sí. Si una vez en España te encuentras en situación legal de desempleo puedes recurrir a tus cotizaciones en UK para el cobro del paro.

      Y en cuando a tu segunda pregunta, si el documento muestra correctamente las fechas que trabajaste no creo que tengas problema por eso. Un saludo!

  52. Buenas noches,

    depues de mas de 9 anos trabajando en Reino Unido me he visto obligado a renunciar a mi trabajo por motivo de salud de mis padres y regresar a Espana. Regreso dentro de un mes y ya he pedido los formularios para empezar a tramitar el U1 auqnue tengo que esperar a que me den mi ultima nomina una vez termine en mi empresa. Antes de emigrar al Reino Unido hice una beca de un ano a traves de la fundacion universidad empresa (FUE). Desde la fundacion me han dicho que estas becas (optimus) computan de cara a la cotizacion a la Seg social y por consiguiente para la pension de jubilacion pero no computan de cara a pedir el paro. Me encontraria en el Punto 2.3 del artículo o tendria derecho a prestacion alguna?

    Muchisimas gracias por tu ayuda,

    un saludo,
    Miguel

    • Hola Miguel! Sí, pero para poder optar al paro tendrás que trabajar en España, aunque sea sólo un día y una vez que te encuentres en situación legal de desempleo podrás pedir el paro haciendo uso de tus cotizaciones en UK con el documento U1. Un saludo!

  53. Hola.
    Pedí el 13 de Noviembre el U1 Online y hoy lo he recibido por carta en mi dirección Española. El caso es que no se si es el U1, porque me parece muy pronto.
    En el caso de que si que sea, ahora que pasos tengo que seguir?
    Contando, que desde Octubre que volví a España, no he trabajado.
    Gracias

    • Hola Marta! ¿El documento dice algo así: Statement of National Insurance contributions (NICs)? Si es así, no es el U1 y deberás de esperar a que te llegue. En caso de que sea, cuando vayas a pedir el paro tendrás que presentarlo para que tengan en cuenta tus cotizaciones de UK. Un saludo!

  54. Hola,

    Acabo de volver de UK despues de 5 años y me gustaria cobrar el paro en españa. Se que tengo que trabajar al menos un dia aqui para presentar el U1 y despues cobrarlo, pero, cual sera la cuantia en caso de un contrato de poco tiempo? como calcularian la cantidad a percibir si es un contrato de un dia?

    Gracias de antemano

    Jose

    • Hola Jose! Pues para calcular la cuantía tendrán en cuenta tu periodo de cotización en UK más el tiempo que tengas trabajado en España. Puedes verlo en este enlace. Un saludo!

  55. Hola, tengo 48 años y trabajo actualmente en UK aquí tengo unos 7 meses trabajados por cuenta ajena a full time ya que estuve hace 20 años en Londres y volví en Agosto 2017 y tengo 1 año y 2 meses trabajados por ahora part time y 1 año y 7 meses que cobré el paro de aquí del 2018 hasta Julio 2019, bien creo que todo lo cotizado aquí me suma a lo cotizado en Spain para acceder al subsidio de mayores de 52 años cuando cumpla la edad y retorne a España, he de pedir el documento U1? , lo pregunto porque me informe y me dijeron que el Sepe se pondría en contacto con el INSS para comprobar todas las cotizaciones y que cumpla mínimos 15 años cotizados. Gracias

    • Hola Angel! Sí, si necesitan comprobar que cumples mínimo 15 años de cotización ellos mismos contactarán para comprobarlo. Aún así el trámite del U1 es sencillo, por lo que podrías pedirlo por si acaso tuvieses algún problema. Un saludo!

  56. Hola! Tengo una duda. En España tengo cotizado algo mas de 6 meses. Mi pregunta es que si cotizo en Reino Unido minimo 6 meses, cuando regrese a España podría solicitar el paro? Ya que tendría mas de 12 meses cotizados. Un saludo y gracias de antemano.

    • Hola Fidel! Sí, pero tendrías que volver a trabajar en España y posteriormente encontrarte en situación legal de desempleo. Así te sumarán los periodos en ambos países. Un saludo!

  57. Hola,
    Yo solicite el U1 en Inglaterra en mayo y a día de hoy sigo esperando por la carta, he llamado al hmrc y me han dicho que están tardando unos 7 meses en tramitarlo. El caso es que se me acaba mañana un contrato en España, y como hay un límite de días para pedir el paro pero aún estoy esperando por el U1 no se si voy a perder el derecho a la prestación o se me va a reducir el tiempo que tarde en llegar. Sabéis que debería hacer?
    Muchas gracias, toda la información publicada me ha sido muy útil.

    • Hola Andrea! Muchas gracias por tu comentario! No creo que vayas a perder el derecho a la prestación o que te vayan a reducir el tiempo, vete cuanto antes al SEPE y explícales tu situación. Lo que puede pasar es que tardes un poco más en empezar a recibir la prestación. No dudes en volver a contarnos como te fue. Un saludo!

    • Hola Agustín! Pues una vez que te quedes en desempleo y solicites el paro, el gobierno español tiene en consideración como máximo un periodo de cotización de 6 años. Para estos 6 años se cuenta tu tiempo cotizado en UK más el de España. Por lo que si has estado trabajando 2,5 años en España aún tendrán en cuenta tu periodo en UK. Un saludo!

  58. Hola trabaje 6 años y medio en España y pedí una excedencia de un año para marchar al extranjero.
    He trabajado 4 meses en Francia y acabado éste quiero regresar a España. Que pasos debo dar para que me pasen el paro a España. Gracias.

    • Hola Mercedes! Pues tendrás que pedir el documento U1 en Francia (o en la oficina del SEPE en España) y una vez que llegues a España solicitar el paro y entregar el documento para que tengan en consideración el tiempo que has trabajado en Francia. Pero tendrás que estar en situación legal de desempleo para solicitar el paro. Un saludo!

  59. Quería saber si para pedir el U1 tendría que estar de baja y en que tiempo me lo entregarían para así poder viajar a España y llevar toda mi documentación otra cosa si llegando a España al siguiente día me puedo dar de alta en una empresa una cemana luego que me den el cirtificado de empresa para así ir al inen para pedir mi prestación

    • Hola German! El U1 tienes que pedirlo dentro de las 2 semanas antes de marcharte de UK y da igual que estés o no de baja. El tiempo que tarda ha cambiado un poco últimamente y suele tardar unos 4 meses. Y sí, llegado a España puedes darte de alta y posteriormente si estás en situación de desempleo pedir el paro. Un saludo!

  60. Hola voy a regresar a España y e trabajado 6 años en londres quería saber que documentación necesito para cobrar el paro en Madrid. Cuando salí de España no percibía ninguna prestación ni paro ni ayuda tengo 55 años y gracias

    • Hola Hector! Estás en el caso del punto 2.2 del artículo y lo que necesitas es el documento U1. Pero en tu caso seguramente te toque volver a trabajar en España, aunque sólo sea un día, para poder optar al paro. Un saludo!

  61. Hola,

    estuve 3 años trabajando en Inglaterra, y ahora llevo 2,5 trabajando en España. ¿hasta cuándo puedo solicitar lo cotizado en UK y qué cuantía? Se podría recibir en un sólo pago?

    Gracias

    • Hola Agustín! ¿Solicitar lo cotizado? ¿Quieres decir que te devuelvan los impuestos? Sólo te devolverán los impuestos si has pagado de más y para eso tendrás que realizar el trámite del P85. No se si es ha eso a lo que te refieres exactamente. Un saludo!

  62. Hola!
    Yo no coticé nada en España antes de irme a Escocia. Estuve trabajando allí durante año y medio, y me volví a España. Han pasado seis meses hasta que por fin me han mandado el U1.
    Ahora tengo el formulario U1, y varias dudas.
    1. En Escocia he tenido tres trabajos, separados por unas semanas, pero en el U1 pone que he cotizado de una fecha a otra, como si todo hubiese sido un periodo ininterrumpido. No sé si esto está bien o se han equivocado con los datos.
    2. Ahora que tengo el U1, y no habiendo cotizado nada en España, entiendo que tengo que trabajar aquí al menos un día con contrato para tener derecho al paro, ¿no?
    3. ¿Cuánto paro corresponde? En el U1 me pone una cifra como si hubiese estado cobrando eso todos los meses, sin interrupciones, así que no sé si eso también estará mal.
    4. Al final del formulario, en el punto 6, dice que «the holder is not entitled to unemployment benefits from the office issuing this document because no entitlemente exists under the State’s laws. Esto realmente no lo entiendo.

    Muchas gracias por su tiempo y por la información!!

    • Hola! Te contesto punto por punto:
      1- Es posible que se hayan equivocado o que no hayan tenido en cuenta esas semanas de separación por algún motivo. Sí quieres aclarar ésto, tendrás que contactar con ellos, tienes la información de contacto en el artículo del documento U1.
      2- Sí, estarías en el caso del punto 2.4 del artículo.
      3- Eso dependerá de tus periodos cotizados y tendrás que consultarlo con el SEPE.
      4- Por eso no tendrás ningún problema. Esa pregunta está contestada en este hilo de mensajes.

      Espero haberte ayudado. Un saludo!

  63. He trabajado casi dos años en Inglaterra y acabo de dar el notice de que mi último día de trabajo será el 19 de Septiembre ya que vuelvo a España a principios de Octubre. Entiendo que hay que trabajar almenos un día en España y que termine el contrato o te echen para poder cobrar el paro. Pero mi pregunta es, influye en algo que yo haya dejado mi trabajo aquí?

  64. Trabaje en España durante 4 o 5 años ,después me quede desempleado y cobre el paro hasta su total agotamiento.
    Al cabo de unos meses me fui a uk a buscar trabajo y llevo aki 8 años trabajando de contribuciones completas al insurance number. Ahora me gustaría volver a España por motivos personales.
    La pregunta es:
    Tengo derecho a cobrar algo??

    • Hola Jose! Del estado español no te corresponde nada, ya que lo agotaste. Lo que puedes hacer mientras buscas trabajo, es pedir el paro en UK y trasladarlo a España tal y como explicamos en el artículo.

      Ten también en cuenta que si encuentras trabajo en España y después vuelves a estar en situación de desempleo, para cobrar el paro español podrás recurrir a tus cotizaciones en Reino Unido, por lo que para ello tendrás que solicitar el documento U1. Espero haberte ayudado. Un saludo!

  65. Hola

    tengo una duda a ver si podeis ayudarme

    trabaje casi 6 años en España y ahora llevo trabajando en Reino Unido unos 3,5 años.
    Por motivos personales quiero regresar a España y si no me equivoco, para poder cobrar el paro en España si no es por fin de contrato de mi empresa en Reino Unido al regresar a España tendria que trabajar al menos un dia para cobrar el paro, eso es asi?

    • Hola Francisco! Por lo que me dices parece que estás en el punto 2.2 del artículo ‘Cotizaste Antes de Salir de España y Permaneces más de un Año en UK‘, por lo que no necesitarías volver a trabajar en España para tener derecho al paro. Un saludo!

  66. Hola estuve en UK trabajando un año y medio y me vine a España en cuanto me cogieron para estudiar, me vine sin p60 ni p45.. ahora me lo piden, como lo puedo conseguir?

    • Hola Felipe! Pues para conseguirlos tienes que volver a contactar con las empresas donde estuviste trabajando a ver si te los pueden volver a mandar. Si ya te los dieron en su día y los has perdido, quizá sea un poco más difícil que vuelvan a mandártelos y más a España, pero habla con ellos a ver que pueden hacer. Mucha suerte!!

      Si la información de este artículo te ha resultado útil, nos ayudará mucho si nos regalas un ‘me gusta’ en nuestra página de facebook o twitter o te suscribes a nuestro boletín. A tí no te costará nada y a nosotros nos permitirá seguir actualizando y completando la información del blog para que sirva de guía y ayuda a todos aquellos que vienen a UK.
  67. Hola!

    Mi caso es el 2.2- Cotizaste Antes de Salir de España y Permaneces más de un Año en UK.
    Suspendí mi prestación por desempleo para moverme a UK y empezar un nuevo trabajo. Por tanto creo que cumplo todos los requisitos para tramitar la prestación contributiva. Sin embargo, me surge una duda respecto al límite de 15 días desde tu vuelta del extranjero para tramitarla, ya que es necesario presentar el U1 y la tramitación de éste tarda de 2 a 4 meses si todo va bien tras haber finalizado tu empleo en UK, por lo tanto, no sería posible cumplir con estos plazos.

    Gracias,
    Rosa.

    • Hola Rosa! Vuelve a tu oficina del SEPE dentro de esos 15 días desde tu vuelta y diles que quieres volver a cobrar tu prestación de nuevo. De esta manera, aunque no tengas el documento U1 a ellos les constará que estás de vuelta y que has comenzado tu tramitación para volver a cobrar el paro. Lo que no sé seguro es si tendrás que esperar a recibir el U1 para empezar a cobrar o puedes empezar a cobrar desde el momento que lo solicitas. Espero haberte ayudado y no dudes en contarnos como te fue. Un saludo!

    • Muchas gracias por tu contestación. La duda principal que me surge es si sería posible sobrar el paro del nuevo periodo cotizado en lugar del antiguo, ya que sería más largo. No estoy segura de si para poder cobrar la prestación de lo cotizado en UK, sería necesario volver a trabajar en España.

      Muchas gracias,
      Un saludo.

    • Hola de nuevo! Si estás en el caso 2.2 como dijiste, no te haría falta volver a trabajar en España para optar al cobro del paro. No sé exactamente a que te refieres con el nuevo y antiguo periodo cotizado ¿tu periodo trabajado en España y tu periodo trabajado en UK? En teoría los periodos se suman para calcular tu prestación pero no se si es ésto lo que preguntas…

    • Hola buenas tardes!! Estoy viviendo en uk pero en unos meses quiero volver a España, he estado trabajando en uk 4 años, y me gustaría solicitarlo en cuanto llegue después de darme de alta 1 un día, necesito para todos mis trabajos que he tenido p45 y p60 o con uno de los dos vale? Es que en algunos trabajos solo tengo uno de los dos, y otra pregunta, necesito más documentos aparte de estos dos? Graciass

    • Hola Jennifer! Simplemente necesitarás el documento U1 para poder recurrir a tu periodo cotizado en UK. En este artículo tienes la información sobre como solicitarlo. Saludos!

  68. Buenas,

    Me vuelvo a España después de 5 años trabajando en Uk, con anterioridad yo habia cotizado en España por varios años. Mi intención es pedir la capitalización de la prestación para montar un negocio. Crees que haya alguna traba por venir de Uk y solicitar esta modalidad?
    Por otra parte mi mujer, extranjera Non EU residente en Uk, podria pedir la prestación de desempleo aquí y pasarla a España? Ella tiene el NIE solo alli.

    Muchas gracias

    • Hola Luis! Si te corresponde cobrar el paro, no creo que tengas ninguna traba por eso. Y por el momento, tu mujer si podría trasladar la prestación, ya que os estáis moviendo entre dos países de la UE. Espero haberos ayudado y no dudes en contarnos como os fue, un saludo!

  69. Hola:
    Quiero volver a España (y buscar trabajo desde allí). He estado trabajando en UK por más de 6 años, pero en España no coticé antes de ir al Reino Unido. ¿Podría cobrar el paro en España aunque haya sido yo quien haya dejado mi trabajo en UK? ¿Cómo lo podría solicitar?
    Muchas gracias.

    • Hola María! Pues si no cotizaste en España antes de marchar no tendrás derecho a paro(Punto 2.3 del artículo). En tu caso lo que puedes hacer es pedir el paro en UK(Job Seeker Allowance) y exportarlo a España(Punto 1) o ir a España y ponerte a trabajar de lo que sea, aunque sea algo que no te gusta. Así cuando dejes este trabajo podrás pedir el paro y te contará lo que cotizaste en UK(Punto 2.4). Y recuerda pedir el documento U1 cuando te vayas a marchar. Espero haberte ayudado, un saludo y suerte!!

    • Hola Jose! Tienes 15 días desde tu llegada a España para pedir que te reactiven el paro. No sé en que situación(punto del artículo) estás pero si no puedes presentar el documento U1 en esos 15 días porque no te ha llegado aún, quizá te paralicen el cobro hasta que puedas presentarlo. No creo que te cancelen la prestación. Mucha suerte y no dudes en contarnos como te ha ido!

  70. Mi pregunta es.. Regrese a España por enfermedad quiero pedir el U1 desde España para ver si puedo cobrar algo de paro mientras dura mi tratamiento, pero luego quiero regresar a trabajar en londres puedo o ya no podre trabajar allá???.. Gracias por su respuesta

    • Hola Mercedes! Sí, podrás volver a trabajar allí sin ningún problema. Si quieres información sobre como obtener el U1 desde España consulta nuestro artículo sobre El Documento U1. Mejórate pronto y mucha suerte!

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

SÍGUENOS

TU MEJOR TARJETA DE VIAJES

TUS VUELOS AL MEJOR PRECIO

SEGURO DE VIAJES